La Universidad de Almería, consciente de la trascendencia de la Acción Social para mejorar las condiciones laborales y de vida de sus trabajadores, ha decidido aprobar el siguiente Plan de Acción Social para el presente año de 1.997.
1.- FINES Y ESTRUCTURA
Es objetivo prioritario de este Plan el establecer distintas modalidades de actuación social para mejorar las condiciones laborales, educativas, culturales, sociales y de vida de los trabajadores de esta Universidad.
Tales modalidades, organizadas en prelación, recogen cinco líneas de actuación básicas (fondo de pensiones; fomento del estudio universitario; anticipos por gastos diversos y ayudas por gastos extraordinarios; fomento de acciones sociales de ocio, deporte y tiempo libre; otras acciones sociales) que, a su vez y en su caso, se vertebran en diferentes submodalidades de prestación de ayuda de acción social, teniendo en cuenta que las cantidades sobrantes por cualquier motivo de los presupuestos estimados de cada modalidad podrán constituir un remanente que se destine a suplementar las partidas de otras modalidades según los criterios fijados por la Comisión de Acción Social.
La prelación de la actuación social de la Universidad de Almería queda establecida como sigue:
B) Fomento del Estudio Universitario
B.2) Matrícula gratuita en otras Universidades Públicas
B.3) Ayudas para material de estudio
E.2) Ayudas para Guarderías
E.3) Ayudas para Comedores
o Transporte Escolar
Los requisitos de los trabajadores que pueden optar a las distintas modalidades del Plan de Acción Social y la valoración, concesión y seguimiento de las ayudas contenidas en dicho Plan, estarán recogidas en el Reglamento General de Concesión de Ayudas de Carácter Social de la Universidad de Almería, donde se estipularán las normas que guiarán dichos procesos.
De las modalidades contenidas en este Plan se hará convocatoria pública, (según el artículo 9 del Reglamento) en el momento oportuno en el tablón de anuncios de la Secretaría General, exponiendo las normas y condiciones que rigen la convocatoria, así como las cantidades desglosadas de cada submodalidad. Las convocatorias serán resueltas por la Comisión de Acción Social, cuyo funcionamiento y composición se establecen en el mencionado Reglamento.
3.- DOTACIÓN DEL FONDO DE ACCIÓN SOCIAL
El montante total del Plan de Acción Social de la Universidad de Almería asciende para 1997 a cuarenta millones treinta y cinco mil pesetas (40.035.000), lo que supone alrededor del 1,5% de la cantidad estimada como subvención nominativa para este año en la Universidad de Almería.
Se establecen las siguientes
cantidades para cada uno de los Fondos de Acción Social:
A) Fondo de Pensiones. 13.109.581 pts.
de Almería 8.463.761 pts.
B.2) Matrícula gratuita en otras
Universidades 2.072.274 pts.
B.3) Ayudas para material
de estudio 2.816.840 pts.
E.2) Ayudas para Guarderías 1.485.848 pts.
E.3) Ayudas para Comedores o Transporte Escolar 670.709 pts.
A) Fondo de Pensiones
Se asigna una cantidad de trece millones ciento nueve mil quinientas ochenta y una (13.109.581) pts. para el Fondo de Pensiones correspondiente a la anualidad de 1997, que se concibe como ayuda a largo plazo, por lo que los fondos no podrán ser retirados antes de la jubilación. Tras el estudio y selección de la modalidad y entidad más conveniente, la cantidad se distribuirá en la forma en que determine la Comisión Gestora entre todos los trabajadores fijos de la Universidad de Almería (PDI funcionario, PAS funcionario y PAS laboral fijo), que podrán implementar cada Plan de Jubilación individual con sus propias aportaciones o con el traslado de sus propios planes de jubilación.
B) Fomento del Estudio Universitario
Se articula en tres submodalidades.
La primera, con un presupuesto de ocho millones cuatrocientas sesenta y tres mil setecientas sesenta y una (8.463.761) pts., se establece para subvencionar la matrícula gratuita de cualquier trabajador de la Universidad de Almería, cónyuge o parejas de hecho e hijos, en enseñanzas regladas, cursos de doctorado o de mayores de 25 años impartidos en esta Universidad.
La segunda, con un monto total de dos millones setenta y dos mil doscientas setenta y cuatro (2.072.274) pts. para la convocatoria del curso 97/98, cubrirá asimismo matrícula gratuita de los trabajadores de la Universidad de Almería, cónyuge o parejas de hecho e hijos, cuyos estudios reglados sean cursados en otros centros universitarios públicos españoles, siempre que no existan las titulaciones o cursos de doctorado cursados en esta Universidad y sólo en el caso de primera y/o segunda matrícula, y no contemplándose en el caso de tercera matrícula o más.
La tercera submodalidad, ayudas para material de estudio en primera matrícula, está dotada con dos millones ochocientas dieciséis mil ochocientas cuarenta (2.816.840) pts, y principalmente concebida para subvencionar parte de los costes de bibliografía y libros de texto de los estudiantes de todos los niveles educativos, de los trabajadores de la Universidad o cónyuge o parejas de hechos e hijos de los mismos. Se distribuirán cantidades de hasta diez mil (10.000) pts. para los estudios de Primaria, quince mil (15.000) pts. para los de Secundaria y veinticinco mil (25.000) pts. para los universitarios o en Centros de Educación Especial.
La concesión de las
ayudas correspondientes a las submodalidades 2º y 3º estará
condicionada:
2.- A las disponibilidades
presupuestarias en las mencionadas submodalidades.
Las dos submodalidades que incluye este apartado son, de una parte, los Anticipos por Gastos Diversos y las Ayudas por Gastos Extraordinarios. La primera, dotada económicamente con ocho millones quinientas cincuenta y cuatro mil doscientas noventa y una (8.554.291) pts. La segunda submodalidad, dotada económicamente con un millón cuatrocientas cincuenta y cuatro mil doscientas setenta y seis (1.454.276) pts.
Ambas submodalidades son destinadas para cubrir la concesión de anticipos por gastos diversos y ayudas por gastos extraordinarios de cualquiera de los trabajadores de la Universidad de Almería (PDI y PAS), según las normas y criterios de prelación planteados en la correspondiente convocatoria pública, y que serán concedidos por la Comisión de Acción Social atendiendo primordialmente a necesidades económicas de fuerza mayor (embargos, enfermedades, compra de primera vivienda, matrimonios, nacimientos, defunciones, depósitos de alquileres, etc.) y a la propia situación económica de manifiesta necesidad del posible beneficiario. En cualquier caso, el anticipo sólo se concederá tras justificación de la causa alegada en la solicitud. La cantidad a anticipar será como máximo de doscientas cincuenta mil (250.000) pts., y deberá ser reintegrada en el plazo máximo de dos años. Para las ayudas por gastos extraordinarios la cantidad aportada se distribuirá en ayudas de hasta cincuenta mil (50.000) pts., sin perjuicio de que, excepcionalmente, se pueda superar esta cantidad.
D) Acciones Sociales de Ocio, Deporte y Tiempo Libre
La modalidad que incluye este apartado es, la Gestión de Vacaciones. Esta, no dotada económicamente, se instrumentará negociando con agencias de viajes y empresas similares al objeto de conseguir para el personal de la Universidad buenas ofertas de vacaciones y otras actividades de ocio y tiempo libre.
E) Otras Acciones Sociales
En esta modalidad se incluyen
diferentes submodalidades particulares. La de Gastos ocasionados por enfermedades
y minusvalías, con un monto total de un millón cuatrocientas
siete mil cuatrocientas veinte (1.407.420) pts., está pensada para
subsidiar a los trabajadores de esta Universidad en tales conceptos y cualesquiera
otros que la convocatoria pública determine, y se concederá
tras acreditación del gasto. Las ayudas para sufragar parcialmente
los gastos ocasionados por Guarderías, con un presupuesto de un
millón cuatrocientas ochenta y cinco mil ochocientas cuarenta y
ocho (1.485.848) pts., serán de hasta viente mil (20.000) pts. La
submodalidad de Ayuda a comedor o transporte escolar tiene una asignación
inicial de seiscientas setenta mil setecientas nueve (670.709) pts., que
se distribuirá en ayudas de hasta quince mil (15.000) pts. En todos
los casos, las ayudas se concederán a los trabajadores de la Universidad
que estén en condición de concurrir a ellas y así
lo soliciten y acrediten según los criterios fijados en las correspondientes
convocatorias públicas.