Heraclia Castellón Alcalá
Universidad de Almería
IPEP - Almería
Este trabajo se orienta a reconocer las marcas esenciales de esa realidad lingüística que ha sido denominada como "lenguajes del poder". Estos lenguajes abarcan la gama de los llamados "lenguajes institucionales" u "oficiales" , en los que se plasma la comunicación oficial ligada a los poderes públicos. Se puede considerar que los lenguajes del poder incluyen asimismo el lenguaje político, pues es evidente que sus formulaciones pueden impregnar los mensajes de las instituciones públicas.
Dentro del rótulo "lenguajes del poder"se encuadran empleos lingüísticos que convergen en una serie de aspectos, y que, por otro lado, se diferencian al mismo tiempo por algunos elementos distintivos. Las variedades lingúísticas objeto de este estudio son el conjunto de los lenguajes normativos (el lenguaje legal, el lenguaje judicial o jurídico y el lenguaje administrativo), y también, por último, el lenguaje político.
Se hace en primer lugar -tras un rápido atisbo de su aparición histórica- un planteamiento global para discernir la realidad que abarcan y la materia comunicativa que los define para, a continuación, encarar cada una de estas variedades o lenguajes a la búsqueda de su especificidad discursiva. Es, pues, el propósito de este trabajo presentar las marcas conformadoras peculiares de estos distintos lenguajes, que vienen dadas por la función institucional prescriptiva a la que responden; sus mensajes recogen la voz de la autoridad, y es la preeminencia del emisor un rasgo relevante en todos ellos. Por otro lado, a diferencia de otros lenguajes especializados, sus enunciados, más que recoger y reflejar observaciones sobre la realidad, lo que revelan es una manera de crear, modificar o intervenir en la realidad, en este caso, en la organización social, elaborando las pautas directrices por las que un estado se rige.
En el estrato superior de esta gama de lenguajes se ubicaría el lenguaje legal, en el que se crean las normas. El lenguaje jurídico o judicial está ligado a la administración de la justicia, básicamente a la jurisprudencia y a la doctrina jurídica. En tercer lugar, y muy vinculado a los dos anteriores,se encuentra el lenguaje administrativo, cuyos mensajes son tributarios de los textos legales y jurídicos, aunque su funcionamiento comunicativo reviste carácter propio.
Por otra parte, el lenguaje político se encamina más bien a transmitir y a manejar mensajes de valor ideológico, y por eso hace uso de procedimientos retóricos como la persuasión o la vehemencia. Es conveniente recordar que precisamente Coseriu, en un esclarecedor artículo - Lenguaje y política , publicado en 1987-, recordaba que Aristóteles considera el lenguaje como fundamento del ser del hombre, como rasgo definitorio de la humanidad- , y lo político-social como dimensión esencial del lenguaje; el lenguaje es para Aristóteles corolario y manifestación de la "politicidad" (= sociabilidad) del ser humano y, por consiguiente, condición del constituirse históricamente concreto de las sociedades humanas en varios niveles.
REFERENCIAS
CALVO RAMOS, Luciana 1980. Introducción al estudio del lenguaje administrativo .Madrid. Gredos.
CASTELLÓN ALCALÁ, Heraclia 2000. Los textos administrativos. Formas y uso . Granada. La Vela.
CASTELLÓN ALCALÁ, Heraclia 2009. De un discurso al otro. Rasgos discursivos de varios subgéneros . Munich. Lincom.
COSERIU, Eugenio 1987: "Lenguaje y política", en Alvar, M. (coord.) El lenguaje político , págs. 9-31. Madrid. Fundaciónn Ebert e I.C.I.
DUARTE i MONTSERRAT, Carles 1986. Llengua i administratió. Estudis sobre la llengua, el dret i l'administració . II Congrés Internacional de la Llengua Catalana. Barcelona. Edicions de la Magrana.
DUARTE i MONTSERRAT, Carles 1997. "Lenguaje administrativo y lenguaje jurídico", en Lenguaje judicial , págs. 41-85. Cuadernos de Derecho Judicial 1997. Consejo General del Poder Judicial.
GARCÍA de ENTERRÍA, Eduardo 1994. La lengua de los derechos La formación del Derecho Público europeo tras la Revolución Francesa. Madrid. Alianza Universidad.
GONZÁLEZ NAVARRO, Francisco 1992. A linguaxe do poder. Santiago. Escola Galega de Administración Pública.
HAENSCH, Günther 1983. "Las llengües d'especialitat o "tecnolectes"", en Revista de Llengua i Dret vol. 1, Junio 1983, págs. 7-16.
HERNÁNDEZ-GIL ÁLVAREZ-CIENFUEGOS, Antonio 1986. El lenguaje del derecho administrativo . Madrid. Instituto Nacional de la Administración Pública.
HERNANDO GARCÍA CERVIGÓN, Alberto 2009. "Tendencias actuales del español en el discurso forense", en La lingúística aplicada actual: comprendiendo el lenguaje y la mente 751-765, ed. Carmen Bretones Callejas et al. Almería 2009.
MARTÍN del BURGO y MARCHÁN, Ángel 2000.: El lenguaje del derecho . Barcelona.Bosch.
PRIETO de PEDRO, Jesús 1991. Lenguas, lenguaje y derecho . Madrid. UNED, Civitas.
SARMIENTO, Ramón 2005. "El lenguaje de la Administración", en Revista de Llengua i Dret , núm. 43, 2005, págs. 13-45.
VAN DIJK, Teun A. 1984. Texto y contexto . 2ª edición. Madrid. Cátedra.